La sociedad civil cubana contra el Decreto Ley 370

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Se crea o no, desde Cuba, operar en un servidor extranjero es un acto ilegal. Publicar una foto en Facebook y un artículo en hive.blog, constituyen un crimen que siempre pudo ser penalizado amparándose en el Código Penal vigente. Solo que ahora, esa actitud normal y muchas veces necesaria para gran parte de la humanidad, puede ser recogida y reprimida en el Decreto Ley 370 de julio de 2019.

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Por ahora, las autoridades se limitan a actuar, siguiendo el espíritu de esta norma jurídica, contra los periodistas y artistas independientes, opositores y demás miembros de la sociedad civil que en la isla se resisten a repetir el libreto oficialista.

Es conocido que se les imponen multas de hasta 3 000 pesos, algo así como $ 150, y se les confiscan sus teléfonos celulares, ordenadores y otros medios que usan para sus actividades que el gobierno considera peligrosas.

Es por ello que muchas organizaciones, dentro y fuera de la isla, se han unido para manifestar su repudio y preocupación por la escalada represiva, que a todas luces parece aprovechar el estado de emergencia creado por la expansión de la COVID-19.

En verdad, no es nada nuevo. Las violaciones contra la libertad de expresión y de prensa es histórica e intrínseca al gobierno totalitario. Pero, sin duda, la aparición de Internet coloca a los regímenes acostumbrados al control centralizado y absoluto de la información en una posición difícil.

Nunca antes la posibilidad de internacionalizar al instante una imagen había estado en las manos de un ciudadano sin más recursos que un smart phone y conexión a la red. Es claro que en su momento, los jerarcas militares se debatieron entre permitir o no a un “potro salvaje” como la Internet trotando libremente dentro de la isla. Potro salvaje al que había que “domesticar” fue como le llamó Ramiro Valdez Menéndez, uno de los comandantes históricos y aun con cargo importante en el gobierno.

Pero la oposición a dejar a la isla a la zaga en un mundo cada vez más digitalizado pudo más que la reticencia de los ancianos y conservadores. Y el resultado fue que permitieron el acceso “masivo” a datos móviles, de la manera más cara y estrambótica posible. De tal suerte que jamás resulta masivo ese acceso. Y por otro lado, no podía faltar, había que regular jurídica y penalmente esa danza de información descentralizada. De ahí surge ese engendro imposible de comprender desde el suelo de una sociedad libre o que aspira a la libertad, hablo del Decreto Ley 370 “SOBRE LA INFORMATIZACIÓN DE LA SOCIEDAD EN CUBA”, en vigor desde el 4 de julio de 2019.

Como ejemplo, basta señalar que esta norma, en su artículo 68 inciso i), establece, de una forma vaga e imprecisa, como contravención la acción de “difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”.

Este precepto, por no decir el Decreto Ley en su totalidad, contravienen plenamente el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos, y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), firmado por Cuba el 28 de febrero de 2008; pero que lleva largos años sin ratificar.

No es casual ni gratuito que Reporteros Sin Fronteras señale a Cuba como el país con menos libertad de prensa de América, por lo que la isla queda ubicada en el número 171, entre los diez peores del ranking a nivel mundial en su último informe anual.

Por su parte, Freedom House, señala que Cuba es el país con menor libertad en la red de las Américas y el cuatro peor a nivel mundial, entre los 65 monitorizados.

Y en el Índice CIVICUS Monitor, indicativo de la vigencia de las libertades de asociación, expresión y reunión pacífica, su espacio cívico es calificado como "cerrado".

Sí, es un espacio cerrado en el que muchos golpeamos a las puertas y ventanas: algunas se abren.



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