La justicia

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Comprender el citado concepto no es un hecho evidente, si se busca develar su realidad existencial profunda originada en el Ser, (la naturaleza), que es la madre y no el sujeto, (individuo), tampoco lo es a través de lo social histórico donde se fundió el concepto jurídico objetivizado en la norma, (leyes), que se aplica hoy usando el aparato jurídico de los estados, por sorprendente que parezca.

Veamos: en la conducta de los animales se encuentra una prueba fehaciente que demuestra el origen de la justicia en el Ser, comprobación recientemente con un grupo chimpancés en un zoológico, a los que se exigió hacer el mismo trabajo, y como recompensa se les daba una verdura con predominio de pedazos de pepino.

Luego de un tiempo se empezó a gratificar al más joven con un banano, transcurrida una semana los demás empezaron a rechazar la comida habitual y terminaron por no realizar ninguna actividad. El científico que dirigía la investigación les dio a todos bananos y les ordenó trabajar, los primates aceptaron sin ningún problema retomar las tareas.

Es incontrovertible el ejemplo de injusticia al preferir al joven y luego el de justicia al ser tratados todos con el mismo metro de la imparcialidad.

Las hormigas presentan un ejemplo distinto, en una hoja de un árbol se albergaba una gota de agua, habiendo sida descubierta por un grupo de doce, las que se dividieron en tres grupos de cuatro para conservar el equilibrio y no caerse o derramar el agua, sólo después empezaron a beber todas al mismo tiempo.

Para el razonamiento del común, lo anterior aparece como una anécdota, sin embargo, desde la perspectiva categorial, la fenomenología anotada resulta un reto para la reflexión. Variadas son las interrogaciones: ¿qué es la justicia?, ¿la justicia es inherente al individuo, la sociedad o a los dos?, ¿es perenne o transitoria en el marco de la memoria?, ¿ha existido siempre o desde cuándo comenzó a existir y por qué?, continuando con una serie abultada de preguntas.

Para comprender a cabalidad la idea de Justicia, se debe partir de su contrario, que es la herramienta apta para sacar a flote su esencia fenomenológica; la injusticia que es su opuesto, nos dice que es la justicia de manera real y no en el plano teórico.

Por razones de espacio apenas aludimos a lo determinante en la formación conceptual, que en el caso resulta ser la igualdad y la equidad, ideas que son diferentes definiendo lo justo. Aclaramos, que el concepto de igualdad debe tomarse en su expresión relativa, porque en el sentido absoluto no es posible, sea en lo social aludiendo al Sujeto, o en la naturaleza referenciando al Ser.

De otra parte, la justicia es la condensación de los antagonismos de una sociedad dada mediante una normatización y de ninguna manera al contrario.

Normatización que es la reglamentación de la injustica, institucionalización de los desequilibrios sociales, es decir, es un producto de las clases sociales; de ahí que en el movimiento de choque derivado del conflicto entre la mayoría y la minoría, tiene lugar entre los que lo tiene todo y los que nada tienen, ha sido así desde la antigüedad, pero no quiere decir y mucho menos significa, que la desigual ha existido siempre.

En la sociedad primitiva dicho fenómeno era desconocido en razón de la ausencia del desequilibrio comunitario; de ahí que resulte un exabrupto plantear la justicia en dicha formación social, debido a la ausencia de injusticia.

La injusticia apareció más tarde en el momento que hubo provecho desigual para la satisfacción de las necesidades de los individuos y del grupo, la desigualdad del beneficio propio, fue el resultado de la apropiación desigual en el seno de la colectividad por individuos o grupos, quienes mediante la violencia realizaron el apoderamiento para luego cimentar la propiedad prolongándose en el tiempo mediante la acumulación, genitora de la injusticia; injusticia progenitora de la justicia legalizadora de la violencia para logra el usufructo material; no obstante, conviene consignar la temporalidad de la justicia, tal como se originó en un momento en el espacio y en el tiempo del pretérito, dejará de ser en un futuro, debido a que en una sociedad prospera, racional, armónica y sin necesidades por satisfacer, la injusticia carece de piso y consecuencialmente su contrario.

La igualdad y la equidad no formales como son los enunciados de las constituciones y códigos, sino aquélla igualdad y equidad real, no es posible sino en el trascurrir de cada día en el trato de los individuos en la sociedad; la justicia estatal es clasista, es la norma del estado clasista, un solo ejemplo es suficiente para demostrarlo.

Los Estados Unidos del norte de América, que se considera la panacea de la democracia en el mundo, carece de distribución democrática de la tierra, porque allí se aplica el interés de los terratenientes, (grandes propietarios), la ley federal prohíbe a los estados intentar una reforma agraria u otras medidas en dirección de la equidad distributiva, causa que ha permitido a Ted Turner adquirir un millón de hectáreas y a 120 propietarios, ser poseedores de un espacio casi igual en América Central, mientras que los pequeños granjeros sufren por la carencia del suelo.

Sin embargo, no impera la fatalidad de la justicia del estado clasista, si los pueblos luchan tenaz y vigorosamente en defensa de sus intereses y los imponen, no en esa letra muerta y olorosa por el moho y sarro del tiempo en parágrafos e incisos, sino en medidas concretas que si generan bienestar y progreso inmediato como son los altos salarios y empleos sólidos etcétera.



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